La nueva Reforma Laboral propuesta en 7 claves

El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva Reforma Laboral tras un acuerdo entre Gobierno y agentes sociales.

La nueva reforma laboral afecta a 5 normas y 21 artículos y modificará puntos concretos de la anterior aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012. Las negociaciones entre las partes implicadas arrancaron el 17 de marzo y, en la recta final, se ha trabajado a diario con jornadas maratonianas para alcanzar acuerdos y cumplir los plazos establecidos por Europa. Aunque entra en vigor tras su publicación en el BOE, el texto deberá obtener el respaldo pertinente en el Congreso.

Límites a la temporalida

Los contratos temporales sólo podrán ser por sustitución de otro trabajador, con una duración de tres meses, y por circunstancias de la producción, con un máximo de 90 días no consecutivos.

Contratación

El Gobierno, en su intento de crear estabilidad en el mercado de trabajo, establece que los contratos serán concertados por tiempo indefinido. Se reducen las modalidades de contratación y desaparece el contrato por obra o servicio.

Revisión de los contratos de formación

En la nueva reforma laboral, se da impulso al contrato para la formación y el aprendizaje de cara a mejorar la empleabilidad de los jóvenes y de aquellas personas que hayan perdido su puesto de trabajo por causas coyunturales o estructurales.

Flexibilidad interna para evitar despidos

En la reforma laboral aprobada, se definen dos tipos de ERTES a los que se podrán acoger las empresas. Así se establecen los originados por causas estructurales, que afectan de forma específica a un sector, o por causas cíclicas, a raíz de una situación coyuntural.

Negociación colectiva

Finalmente, se mantendrá como preferente el convenio sectorial. Las empresas podrán negociar algunos puntos pero en ningún caso los relacionados con salarios o duración de la jornada.

Subcontratación

Un cambio importante es que siempre habrá un convenio colectivo aplicable, de forma que se acaba con vacíos legales existentes hasta ahora.

Revisión de las medidas pactadas

Tras la aprobación de la nueva reforma laboral, el Gobierno tomará el pulso de las medidas adoptadas mediante una evaluación en enero de 2025 para comprobar que se ha conseguido reducir la temporalidad.

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Trabajo regulariza en dos semanas a 82.000 temporales en fraude que pasan a indefinidos

Según los datos recopilados por el servicio público de empleo (SEPE), en España en la última década (2010-2020) se han firmado un total de 194,8 millones de contratos; la inmensa mayoría temporales. Para ponerlo en proporción, la población trabajadora en España es actualmente de 19,6 millones de afiliados a la Seguridad Social. Este 2021 se han recuperado prácticamente los ritmos de contratación previos a la pandemia y, hasta octubre, se han registrado un total de 15,6 millones de contratos. Dos de cada 10 duraron menos de una semana y la duración media se encuentra actualmente en 54 días.

Además de las visitas a los propios centros de trabajo, una de las actuaciones empleadas por la Inspección en estas campañas es el envío masivo de cartas a las empresas, donde mediante el cruce de datos con Seguridad Social los agentes detectan comportamientos anómalos y que podrían encajar con supuestos de fraude. En febrero de este año, cuando se activó el primer plan de choque contra la temporalidad, Inspección remitió un total de 79.284 cartas a empresas alertando de esos indicios de fraude. Solo con ese aviso de probable visita se regularizaron un total de 118.994 contratos; según los datos facilitados por Trabajo.

La campaña de la Inspección de Trabajo contra la eventualidad ilegal lleva 267.000 conversiones realizadas en lo que va de año. Leer noticia

El Consejo de Ministros acuerda subir el salario mínimo hasta los 965 euros en 2021 y prorrogar los ERTE cinco meses más

El Consejo de Ministros ha aprobado la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 965 euros mensuales en 14 pagas junto con la prórroga de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022. Se trata de dos medidas capitales dentro de la cartera social del Ejecutivo, que han salido adelante con distinto grado de respaldo por parte de los agentes sociales. Mientras que el aumento del SMI contó únicamente con la aprobación de los sindicatos, la expansión más allá del 30 de septiembre de los expedientes de regulación temporal de empleo obtuvo finalmente el beneplácito de la patronal tras ser sometido a la valoración de sus órganos internos.

A pesar de que los sindicatos estimaban necesario que el Gobierno acordarse un crecimiento de no menos de 25 euros para el actual ejercicio, junto con un compromiso para elevarlo en enero de 2022 hasta los 1.000 euros, el Ejecutivo fijó finalmente una cantidad inferior, pero se comprometió a mantener la senda de crecimiento. Esos 15 euros se situaban en el centro de la propuesta elaborada por el comité de expertos reunido por Trabajo, y que en su informe final había situado la horquilla de elevación para 2021 entre los 12 y los 19 euros. Los cálculos del comité se dirigen hacia el compromiso adquirido por el Gobierno de elevar el salario mínimo hasta que represente el 60% del salario medio en España al final de la legislatura, en 2023.

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Ponencia sobre BAE (Búsqueda Activa de Empleo) en el CIFP nº 1.

El día 9 de junio a las 19:00 en el salón de actos estuvo con nosotros la orientadora Monserrat Martín Hernández del Servicio de Orientación e Inserción Laboral de la Agencia de Desarrollo del Ayuntamiento de Santander. En esta jornada, organizada por el departamento de FOL, el alumnado tuvo la ocasión de conocer las distintas oportunidades de empleo y formación que ofrece el Ayuntamiento de Santander.

 

 

 

La AEPD ha publicado una guía sobre protección de datos y relaciones laborales.

Esta guía ha sido elaborada por la Agencia con la participación tanto del Ministerio del Trabajo y Economía Social como de la patronal y organizaciones sindicales.

La aplicación del Reglamento General de Protección y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) ha supuesto una serie de cambios tanto en lo relativo a los derechos de las personas trabajadoras como en la recogida y el uso de sus datos por parte de los empresarios. El documento comienza recogiendo las bases que legitiman el tratamiento de datos personales, la información que es necesario facilitar y los derechos de protección de datos aplicados al entorno laboral.

Asimismo, la guía también aborda temas que se plantean cada vez con mayor frecuencia, como la consulta por parte del empleador de las redes sociales de la persona trabajadora, los sistemas internos de denuncias (whistleblowing), el registro de la jornada laboral, la protección de los datos de las víctimas de acoso en el trabajo o de las mujeres supervivientes a la violencia de género o el uso de la tecnología wearable como elemento de control. Acceso a la Guía…