El artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, después de la reforma de 2021, simplificó y agrupó las modalidades formativas en dos únicos contratos:
- Contrato de formación en alternancia, tanto para completar enseñanzas regladas en FP o universitarias como para enseñanzas no regladas, incluidas las especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
- Contrato formativo para la obtención de práctica profesional, dirigido a personas que ya han obtenido una titulación.
El Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, supone una nueva regulación sobre los contratos formativos. Entre las principales novedades en lo que respecta a la formación en alternancia, dirigidos a estudiantes que no superan los 30 años (o sin límite de edad en casos especiales) y que no poseen una titulación oficial relacionada con el puesto de trabajo, destacar los siguientes aspectos:
La remuneración queda garantizada, de forma que las prácticas ya no pueden ser gratuitas. La empresa debe remunerar al estudiante según el tiempo efectivo de trabajo y respetando los mínimos legales. Se garantiza una compensación justa y acorde al porcentaje de jornada.
La jornada debe ser compatible con los estudios, debe adaptarse al horario formativo, quedando prohibidas las horas extra, el trabajo nocturno, los turnos partidos y los festivos (salvo excepciones justificadas). La prioridad es la formación del estudiante.
Más derechos laborales para estudiantes en formación, como el alta en Seguridad Social desde el primer día, la protección en caso de accidente o baja médica, el derecho a prestaciones como la incapacidad temporal, el reconocimiento de antigüedad si continúa en la empresa y la cobertura reforzada en prevención de riesgos laborales.
Incorpora la violencia sexual como causa de suspensión que interrumpe el cómputo de duración del contrato formativo.
El contrato de alternancia se diseñó para crear un puente efectivo entre el sistema educativo y el mercado laboral, beneficiando a ambas partes y fomentando la formación y el empleo juvenil, y con esta reforma se trata de evitar abusos laborales encubiertos, asegurar la calidad formativa y reforzar los derechos y garantías de los estudiantes/trabajadores y trabajadoras.
Los nuevos contratos formativos entran en vigor el 17 de diciembre de 2025.

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