Entradas del autor: Ana Alberdi Diego

Visita del alumnado de Mantenimiento Aeromecánico a AENA en el Seve Ballesteros

El pasado jueves 4 de diciembre, en el marco del módulo de Factores Humanos, el alumnado del ciclo formativo de Grado Superior de Mantenimiento Aeromecánico de Helicópteros con Motor de Turbina realizó una visita formativa a las instalaciones de AENA en el Aeropuerto Seve Ballesteros de Santander.
 
La actividad permitió acercar al alumnado a un entorno real de trabajo donde la seguridad, la coordinación y la prevención de riesgos laborales son elementos esenciales en el día a día.
 
Aprendizaje en un entorno profesional real.
 
Durante la visita, el alumnado pudo observar sobre el terreno diferentes procesos relacionados con la prevención de riesgos laborales en operaciones de mantenimiento propias del sector aeronáutico. La experiencia les permitió comprender cómo se aplican en la práctica los protocolos de seguridad que trabajan en el aula.
 
Uno de los momentos más destacados fue la realización de un simulacro de intervención ante un error en la central eléctrica del aeropuerto, considerada el «corazón» de las instalaciones. Esta actividad les permitió conocer cómo se activan los protocolos de emergencia, la coordinación entre equipos y la importancia de una respuesta rápida y organizada ante situaciones críticas.
 
Así mismo, pudieron conocer en detalle el plan de evacuación y emergencias del aeropuerto, explicado por los profesionales responsables de su aplicación, entre ellos el equipo de bomberos presentes en las instalaciones.
 
 
 
 
Visita al hangar del 112
 
La jornada concluyó con la visita al hangar donde operan los helicópteros del 112, una oportunidad excepcional para conocer de cerca las exigencias técnicas, operativas y de mantenimiento que requiere este tipo de aeronaves destinadas a emergencias.
 
Para el alumnado, esta experiencia supuso un contacto directo con la realidad profesional del sector, reforzando los contenidos trabajados en el ciclo formativo y permitiéndoles visualizar su futuro entorno laboral.
 
Este tipo de actividades complementarias permiten consolidar competencias clave, conectar la formación con el entorno productivo real y motivar al alumnado a seguir avanzando a su preparación profesional.
 

Nuevo contrato laboral formativo en alternancia con el empleo: nuevos derechos para el alumnado

El artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, después de la reforma de 2021, simplificó y agrupó las modalidades formativas en dos únicos contratos:

  • Contrato de formación en alternancia, tanto para completar enseñanzas regladas en FP o universitarias como para enseñanzas no regladas, incluidas las especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
  • Contrato formativo para la obtención de práctica profesional, dirigido a personas que ya han obtenido una titulación.

El Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, supone una nueva regulación sobre los contratos formativos. Entre las principales novedades en lo que respecta a la formación en alternancia, dirigidos a estudiantes que no superan los 30 años (o sin límite de edad en casos especiales) y que no poseen una titulación oficial relacionada con el puesto de trabajo, destacar los siguientes aspectos:

La remuneración queda garantizada, de forma que las prácticas ya no pueden ser gratuitas. La empresa debe remunerar al estudiante según el tiempo efectivo de trabajo y respetando los mínimos legales. Se garantiza una compensación justa y acorde al porcentaje de jornada.

La jornada debe ser compatible con los estudios, debe adaptarse al horario formativo, quedando prohibidas las horas extra, el trabajo nocturno, los turnos partidos y los festivos (salvo excepciones justificadas). La prioridad es la formación del estudiante.

Más derechos laborales para estudiantes en formación, como el alta en Seguridad Social desde el primer día, la protección en caso de accidente o baja médica, el derecho a prestaciones como la incapacidad temporal, el reconocimiento de antigüedad si continúa en la empresa y la cobertura reforzada en prevención de riesgos laborales.

Incorpora la violencia sexual como causa de suspensión que interrumpe el cómputo de duración del contrato formativo.

El contrato de alternancia se diseñó para crear un puente efectivo entre el sistema educativo y el mercado laboral, beneficiando a ambas partes y fomentando la formación y el empleo juvenil, y con esta reforma se trata de evitar abusos laborales encubiertos, asegurar la calidad formativa y reforzar los derechos y garantías de los estudiantes/trabajadores y trabajadoras.

Los nuevos contratos formativos entran en vigor el 17 de diciembre de 2025.

Aterrizando la sensibilidad: Economía Social y Empresas de Inserción en el aula

El alumnado de 2º del Ciclo Formativo de Grado Superior de Automoción participó el día 17 de octubre en la actividad «Aterrizando tu sensibilidad: Economía Social y Empresas de Inserción», iniciativa orientada a acercar modelos económicos más inclusivos, humanos y sostenibles al ámbito educativo, en el marco de la programación didáctica del módulo de Itinerario Personal para la Empleabilidad II impartido por la docente Lidia Murillo.

Durante la actividad, acciones de sensibilización vinculadas a la Economía Social, , se abordaron los principios de Economía Social y el papel de las empresas de inserción como herramientas clave par la inclusión sociolaboral, poniendo el foco en la realidad social de Cantabria y en la importancia de situar a las personas en el centro de la actividad económica.

El alumnado valoró muy positivamente la sesión impartida por María Gutiérrez y Mar Escudero de la Fundación CUIN, destacando el interés de conocer ejemplos reales y comprobar que es posible desarrollar negocios de manera responsable. La actividad resultó dinámica y favoreció la reflexión sobre cómo las empresas pueden contribuir a mejorar la vida de las personas.

Estas actividades  refuerzan el compromiso del centro con una formación integral, que no solo prepara técnicamente al alumnado, sino que también fomenta valores sociales, conciencia crítica y responsabilidad ciudadana. Apostar por la Economía Social en el aula es apostar por un futuro más inclusivo, sostenible y solidario.

Ampliación del permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y cuidado de menor

Entró en vigor el pasado 31 de julio el Real Decreto-ley 9/2025, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, modificando el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como el texto refundido de la Ley General de la Seguridad social, teniendo efectos retroactivos para los permisos cuyos hechos causantes (nacimientos, adopciones, acogimientos) hayan ocurrido a partir del 2 de agosto de 2024El permiso es de 19 semanas retribuidas para cada uno de los progenitores y de 32 semanas para las familias monoparentales. Dos de ellas podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años.

Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.

Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.

Las dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales), se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad.

En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.

Fuente: Moncloa

La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor y abonará el 100% de la base reguladora. La prestación estará exenta de IRPF, por lo que el importe a ingresar será el salario bruto de la nómina, sin retención de Hacienda.

Puedes acceder al Real Decreto completo en el siguiente enlace: Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE 30/06/2025)