Nueva interpretación del inicio de licencias retribuidas por matrimonio, nacimiento de hijos o fallecimiento.

Los permisos rettribuidos por matrimonio, nacimiento de hijos o fallecimiento enpezarán a contar a partir del hecho en si. Así se desprende de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por recuroso interpuesto por CGT contra la Asociación de Contact Center Española.

Aunque pudiera parecer que esta interpretación afectará únicamente al sector de los contact center, en virtud del artículo 37.3 de Estatuto de los Trabajadores, podrá hacerse extensiva a toda la población trabajadore por cuenta ajena.

Os dejamos enlace a Nueva Tribuna.es que recoge la noticia.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/economia-social/permisos-matrimonio-nacimiento-fallecimiento-computaran-dias-festivos/20180316184127149841.html?1521531616979&features=IntersectionObserver

Sin comentarios.