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Pararse antes a hacer la compra no impide que sea un siniestro laboral

El Supremo considera que es laboral el accidente que sufrió una trabajadora en un autobús, cuando volvía a casa después de trabajar, aunque antes había parado "menos de una hora" en un centro comercial.

https://www.eldiario.es/economia/Accidente-trabajo-pararse-accidente-laboral_0_772023327.html

Nueva interpretación del inicio de licencias retribuidas por matrimonio, nacimiento de hijos o fallecimiento.

Los permisos rettribuidos por matrimonio, nacimiento de hijos o fallecimiento enpezarán a contar a partir del hecho en si. Así se desprende de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por recuroso interpuesto por CGT contra la Asociación de Contact Center Española.

Aunque pudiera parecer que esta interpretación afectará únicamente al sector de los contact center, en virtud del artículo 37.3 de Estatuto de los Trabajadores, podrá hacerse extensiva a toda la población trabajadore por cuenta ajena.

Os dejamos enlace a Nueva Tribuna.es que recoge la noticia.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/economia-social/permisos-matrimonio-nacimiento-fallecimiento-computaran-dias-festivos/20180316184127149841.html?1521531616979&features=IntersectionObserver

El Constitucional anula la sanción impuesta a un profesor que explicó a sus alumnos por qué iba a secundar una huelga

El Tribunal Constitucional ha decretado que la conducta del profesor de Educación Primaria consistente en emplear diez minutos de la clase a explicar a sus alumnos los motivos por los cuáles iba a particpar en una huelga no constituye una infracción por la que pueda ser sancionado. En base a esta decisión, el tribunal ha anulado la sanción de un mes de suspensión de empleo y sueldo impuesta por la administración de Castilla-La Mancha al educador. 

http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/12712-el-constitucional-anula-la-sancion-impuesta-a-un-profesor-que-explico-a-sus-alumnos-por-que-iba-a-secundar-una-huelga/

El cálculo de la prestación por desempleo por parte del estado español no convence a los tribunales europeos

Una nueva sentencia de la justicia europea nos avisa de la discriminación que sufren los trabajadores, en su mayoría trabajadoras, que acceden a la prestación por desempleo tras la finalización de un contrato a tiempo parcial.

Os dejamos el enlace de la noticia publicada en la sección de economía del país:

https://elpais.com/economia/2017/11/09/actualidad/1510261503_414531.html

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