La cotización a tiempo parcial se equipara a la jornada completa

El día 1 de octubre entró en vigor el Real Decreto Ley 2/2023 que equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos de cómputo de los periodos cotizados con los que se calcularán las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, temporal, nacimiento o cuidado de un menor.

Empleada a tiempo parcial

A partir de ahora, cada jornada laboral de una persona que trabaje a tiempo parcial, sin importar su tipo de contrato o las horas efectivas que trabajen en su jornada ordinaria, contará como un día de cotización a la Seguridad Social. Es decir, antes, una persona que hubiera trabajado 10 años con una jornada del 60%, solo se le habrían computado 6 años cotizados.  Ahora, con la entrada en vigor de esta norma, se le contarían como 10 años cotizados.

¿Por qué se equipara la cotización a tiempo parcial con la cotización a jornada completa y a quién beneficia?

Esta modificación se pone en marcha para paliar la desigualdad que afrontan muchas personas que trabajan a tiempo parcial, que tenían que trabajar durante más tiempo para cumplir con los años exigidos para solicitar el 100% de su pensión.

Se estima que este cambio beneficiará a alrededor de 2 millones de personas trabajadoras, especialmente a las mujeres. Se trata de una iniciativa que forma parte de un paquete de medidas para reducir la brecha de género.

Las nuevas bajas médicas por incapacidad temporal que entran en vigor el 1 de junio.

Están reconocidas por la Seguridad Social y afectan especialmente a las mujeres trabajadoras.

El  1 de junio ha entrado en vigor nuevas situaciones de incapacidad temporal, reconocidas por la Seguridad Social y que afectarán especialmente a las mujeres trabajadoras. Están incluidas en la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, y para poder obtenerlas habrá que cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, la supervisión de un médico.

Se trata de la baja por menstruación incapacitante (o baja médica por regla dolorosa), la incapacidad temporal por aborto y la incapacidad temporal a partir de la semana 39 de embarazo por riesgo de la gestante.

Incapacidad temporal por regla dolorosa

Esta baja médica no superará los tres días aunque puede prorrogarse, según ha explicado el Ministerio de Igualdad, hasta cinco días si el médico lo considerara necesario.

Cómo solicitarla: la trabajadora deberá entregar el informe médico a la empresa donde se justifique la dolencia y la necesidad de ausentarse del trabajo por unos días.

Cuantía de la ayuda: la misma que por enfermedad común al cotizar por contingencias comunes.

Incapacidad temporal por interrupción del embarazo

Según la normativa legal, «la baja médica debida a la interrupción del embarazo, de forma voluntaria o involuntaria, puede percibirse mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo».

Cuantía de la ayuda contributiva: corresponde con el salario el primer día, entre el segundo y el día 20, corresponde con el 60% de la base reguladora y, a partir del día 21, cobrará el 75%.

Incapacidad temporal por gestación de la mujer trabajadora desde la semana 39

Según ha explicado Daniel García Sánchez, subdirector General de Incapacidad Temporal, corresponde a la Seguridad Social hacerse cargo de la baja desde el día siguiente al que abandona el trabajo, aunque ese primer día debe abonarlo el empresario.

Por último, la ley especifica al respecto de esta ayuda que «la embarazada continuará percibiendo la prestación correspondiente a dicha situación mientras ésta deba mantenerse». Puede cobrarse desde el inicio de la baja hasta la fecha del parto.

¿Qué se celebra el 1 de mayo?

En 1989, el Congreso Obrero Socialista de la Segunda Internacional declaró el día como el Día Internacional de los Trabajadores. Su origen se remonta a una trágica manifestación.

La manifestación de Haymarket

En 1886, las jornadas laborales eran de 12 horas normalmente, hasta llegar a las 18 horas en algunos casos. Bajo la proclama: «Ocho horas de trabajo, ocho horas de ocio y ocho horas de descanso», se inició uno de los movimientos más importantes en la historia de los trabajadores de todo el mundo.

Fue entonces cuando la Federación Americana del trabajo decidió que, a partir del 1 de mayo de 1886, la jornada laboral sería de 8 horas. Para instaurar este nuevo horario, miles de protestas y huelgas se repitieron a lo largo de todo el territorio americano. Concretamente en ciudades como Chicago, donde muchas empresas no respetaban la nueva legislación de los trabajadores y sus horarios.

Una de esas manifestaciones fue la concentración que tuvo lugar en la plaza de Haymarket, en Chicago, el 4 de mayo de 1886. A pesar de que se trataba de una manifestación pacífica, la multitudinaria concentración acabó en tragedia: la detonación de un artefacto explosivo en el momento de máximo apogeo de la concentración se saldó con la muerte de seis policías y dejó a decenas de agentes heridos. La respuesta policial fue la de abrir fuego contra los manifestantes, causando 38 víctimas. Si quieres seguir leyendo pincha aquí.

Educación pondrá en marcha un «LinkedIn de la FP» para que alumnos y empresas compartan ofertas educativas y de empleo

El Gobierno lanzará en las próximas semanas un «LinkedIn de la Formación Profesional» en el que alumnos, profesores, empresas, administraciones públicas y centros educativos podrán intercambiar información sobre ofertas de trabajo y educativas, además de prácticas o proyectos de innovación. 

La plataforma se pondrá en marcha bajo el nombre FP Conecta y empezará a funcionar, previsiblemente, a mediados de junio, tal y como ha avanzado este jueves la ministra de Educación, Pilar Alegría. «Es una solución que creo que va a ser muy bienvenida por parte de todos los agentes que conforman el ecosistema de la FP», ha aseverado durante su intervención en el Congreso Internacional de Formación Profesional celebrado en Madrid. Si te interesa la noticia pincha aquí.

Puntos clave de la reforma de las pensiones: más ingresos y mejora de las mínimas.

Modelo dual de la pensión, subida de las pensiones mínimas o mejoras en la cobertura de lagunas de cotización. Estos son los puntos clave de la reforma de las pensiones, un plan que cuenta con el visto bueno de Bruselas.

La reforma cuenta con el visto bueno de Bruselas y su espíritu es poder implantar «un extenso bloque de medidas para modernizar el sistema de pensiones».

De esta forma, este plan contempla mejoras en la cobertura de lagunas de cotización, en el complemento de la brecha de género y en las pensiones mínimas, así como un sistema dual para el cálculo de la pensión para que las personas con carreras laborales irregulares no vean mermada su prestación.

A continuación, analizamos cada una de las medidas que contempla esta reforma.

Modelo dual de la pensión

La pensión podrá calcularse o con los últimos 25 años cotizados o con 29 años de cotización, de los que se podrán excluir los dos peores, por lo que en la práctica el cómputo en este segundo caso será de 27 años. Esta nueva opción se introducirá de manera progresiva, desde 2027 a 2038.

Hasta 2040 podrá elegirse entre las dos opciones, mientras que entre 2041 y 2043 la opción de 25 años irá subiendo a razón de seis meses por año, hasta los 26,5 y se seguirá pudiendo elegir entre este periodo o los 29 años (menos los dos peores). A partir de 2044 la pensión solo se calculará con 27 años efectivos de cotización. De oficio, mientras existan las dos alternativas, la Seguridad Social siempre aplicará la más ventajosa para el trabajador.

Cuota de solidaridad

Se establece una cotización para la parte del salario que no cotiza por superar la base máxima de cotización. Esta será del 1% en 2025 e irá aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar al 6% en 2045 (5% a cargo de la empresa y 1% a cargo del trabajador).

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

La actual sobrecotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, del 0,6%, subirá hasta el 1,2% en 2029, a un ritmo de una décima por año. La distribución será la siguiente: 1% a cargo de la empresa y 0,2% a cargo del trabajador.

Esta sobrecuota se mantendrá en el 1,2% de 2030 a 2050 y podrá aumentar de manera automática si el gasto en pensiones sobrepasa el 15% del PIB.

Bases mínimas

Las bases máximas de cotización subirán anualmente con el IPC, más una cuantía fija de 1,2 puntos entre 2024 y 2050. Esto implicará un aumento acumulado del 38%. El Gobierno evaluará cada cinco años, en el marco del diálogo social, el incremento de las bases máximas de cotización y remitirá un informe a la Comisión del Pacto de Toledo.

Pensión máxima

Las pensiones máximas se revalorizarán año a año con el IPC anual más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050, lo que supondrá un alza aproximada del 3%.

A partir de 2051 y hasta 2065 se producirán incrementos adicionales para que al final del periodo, en 2065, la pensión máxima haya subido de manera acumulada un 20%. A partir de ese año se valorará la conveniencia de alcanzar un incremento total del 30%.

Subida de las pensiones mínimas contributivas

Para las mínimas contributivas se establece una senda de convergencia para asegurar que, desde 2027, no sean inferiores al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos.

Así, tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, irán subiendo entre 2024 y 2027 de manera progresiva.

Mejora de las pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas crecerán hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.

Cobertura de lagunas

Se mantiene el modelo actual de cobertura de lagunas, es decir, los meses en lo que no existe obligación de cotizar y que son tenidos en cuenta para calcular las pensiones. No obstante, habrá mejoras para mujeres.

Así, los vacíos de cotización se compensarán con el 100% de la base mínima los primeros 48 meses, y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49, añadiendo para las mujeres asalariadas el 100% de la base mínima entre el mes de vacío 49 y el 60 y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84. Esta medida estará vigente mientras la brecha de género sea superior al 5% y podrá aplicarse a hombres en situaciones comparables.

Además, se reconocerán como cotizados los tres primeros años de excedencia por cuidado de hijos y familiares, y a los autónomos también se les cubrirán, por primera vez, lagunas de cotización.

Brecha de género

El complemento de brecha de género de las pensiones subirá un 10% adicional a su revalorización anual en el bienio 2024-2025.

Límites a la disposición de activos de la ‘hucha de las pensiones’

Desde 2033, la Ley de Presupuestos establecerá el desembolso anual a efectuar por el Fondo de Reserva en términos de porcentaje del PIB, con un límite máximo para cada ejercicio del periodo 2033-2053, que irá desde el 0,10% del PIB al 0,91%, dependiendo de cada ejercicio.

Fiscalización por parte de la AIReF

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) publicará y enviará al Gobierno, desde marzo de 2025 y cada tres años, un informe de evaluación sobre el impacto de las medidas destinadas a fortalecer los ingresos del sistema entre 2022 y 2050. Tras la evaluación, habrá que tener en cuenta varios aspectos:

  • Si, tras esa evaluación, el impacto anual medio de las medidas de ingresos es igual al 1,7% del PIB, el gasto medio bruto en pensiones en el periodo 2022-2050 no podrá superar el 15% del PIB.
  • Si supera ese 1,7%, el gasto en pensiones no podrá superar el 15% del Producto Interior Bruto más la diferencia entre el impacto medio anual estimado de las medidas y el 1,7%.
  • Si el impacto anual medio de las medidas de ingresos es inferior al 1,7%, el gasto no podrá superar el 15% del PIB menos la diferencia entre el impacto medio anual estimado de las medidas y el 1,7%.

En caso de que se produzca algún exceso en alguna de las tres situaciones anteriores, el Gobierno propondrá posibles medidas para eliminarlo. Además, negociará con los agentes sociales el envío de una propuesta al Pacto de Toledo para corregir este exceso de gasto vía aumento de las cotizaciones u otra fórmula alternativa que eleve los ingresos o reduzca el gasto en pensiones o una combinación de ambas.

Como resultado de estas negociaciones, el Gobierno enviará un proyecto de ley al Parlamento que contenga las medidas apropiadas antes del 30 de septiembre, que entrará en vigor el 1 de enero del año siguiente.

Si la ley, con las medidas correctoras del exceso de gasto, no entrara en vigor el 1 de enero del año siguiente, la cotización del MEI aumentará para compensar dos décimas partes del exceso estimado por la AIReF a partir del 1 de enero del año siguiente y otras dos décimas partes en cada uno de los años siguientes, hasta que se adopten nuevas medidas del mismo impacto o el exceso de gasto sea corregido.

Jubilación parcial

El Gobierno se compromete a negociar antes del 30 de junio una reforma de la figura de la jubilación parcial a fin de garantizar un régimen de compatibilidad efectiva entre trabajo y pensión, preservar la calidad del empleo de los relevistas, y equilibrar el coste de esta modalidad de pensión.

Observatorio para el paro de los autónomos

Se creará, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la reforma, un observatorio para mejorar la eficacia y cobertura de la prestación por cese de actividad por causas económicas de los trabajadores autónomos, así como de la integración de periodos sin obligación de cotizar.